Gatitos piratas sonrientes porque tienen la justicia gratuita

Justicia gratuita y cómo conseguirla

 ¿Conoces o has presenciado alguna injusticia que podría ser delito y no tienes recursos para denunciar como asociación sin ánimo de lucro? Si sigues leyendo, podrás resolver algunas dudas. Esperamos que este artículo te sea de ayuda, aunque si decides intentarlo, tendrás que seguir resolviendo más dudas o problemas que surjan por otros medios, ¡tened en cuenta que no somos juristas! (ya nos gustaría…).

¿Qué es la justicia gratuita?

La justicia gratuita permite acceder a un abogado y a defensa jurídica sin coste para quien no puede pagarlo. Esto incluye el abogado, el procurador, y otros gastos del procedimiento judicial.

¿Quién puede pedir justicia gratuita?

Según la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, tienen derecho a este beneficio tanto las personas físicas (particulares) como las personas jurídicas sin ánimo de lucro, es decir, asociaciones y fundaciones, siempre que demuestren que no tienen recursos suficientes para pagárselos ellos mismos.

📚 Referencia: Artículo 2.2 de la Ley 1/1996
“También podrán ser beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita […] las personas jurídicas que carezcan de patrimonio suficiente y lo acrediten”.

¿Puede una Asociación de Protección Animal Solicitar Justicia Gratuita en España?

La respuesta corta es sí, puedes conseguir justicia gratuita, pero teniendo en cuenta ciertos matices. Si formas parte de una asociación sin ánimo de lucro dedicada a la protección de los animales, y, ojo, del medio ambiente, es importante que sepas en qué casos podéis pedir justicia gratuita y qué requisitos hay que cumplirA continuación te explicamos todo de forma clara, con ejemplos y referencias legales para que podáis estar seguras.

Opción 1: Asociación sin ánimo de lucro que demuestra que no tiene recursos

Si vuestra asociación no tiene medios económicos suficientes, podéis solicitar la justicia gratuita en cualquier tipo de procedimiento judicial: Penal, Civil, Contencioso-Administrativo y Laboral. Para ello, tenéis que presentar documentación que pruebe que no tenéis recursos (cuentas anuales, memoria de actividades, etc.). Importante; esto no depende de que seáis “de utilidad pública” o no, es indiferente.

Opción 2: Asociación con mínimo 2 años de antigüedad y fines medioambientales

Si vuestra asociación:

    • Lleva más de 2 años inscrita oficialmente, y

    • Tiene en sus Estatutos como uno de sus objetivos o fines la protección del medio ambiente (además de la protección animal), y

    • Presenta una demanda contra la Administración Pública (por ejemplo, un ayuntamiento que incumple la ley de protección animal),

Entonces podéis acceder a la justicia gratuita automáticamente, sin necesidad de acreditar falta de recursos, pero sólo en procedimientos contencioso-administrativos.

Eso sí, es posible que de primeras os la intenten denegar, pero con las alegaciones/recurso correspondiente no deberían seguir poniendo problemas. Así funciona esto muchas veces por desgracia, mas bien parece una carrera de obstáculos y con las manos atadas; pero no os deis por vencido. 

📚 Referencia: Artículo 23 de la Ley 27/2006, de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente (Ley Aarhus)

⚠️ ¡Importante! ¿Y en procedimientos penales?

Ahí NO hay vía automática, ni aunque seáis una asociación ecologista o animalista con muchos años de antigüedad. En procesos penales, sí o sí tendréis que demostrar que no tenéis recursosEsto incluye casos como denuncias por maltrato animal en los que queráis personaros como acusación popular.

¿Hace falta ser «de utilidad pública»?

No es obligatorio. Muchas asociaciones creen que solo pueden acceder a justicia gratuita si tienen la declaración de utilidad pública, pero eso no es así. Ser de utilidad pública puede ayudar a demostrar vuestra labor social, pero no es un requisito legal para solicitar justicia gratuita.

¿Qué documentación se suele pedir?

    • Estatutos y acta de constitución

    • Certificado de inscripción en el registro de asociaciones

    • Declaraciones de ingresos y gastos

    • Cuentas anuales

    • Memoria de actividades

    • Documentación que justifique la finalidad medioambiental (si aplica)

🛠️ Recursos útiles

Ley 1/1996, de asistencia jurídica gratuita: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1996-750

Ley 27/2006 (Ley Aarhus): https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-15047

Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-5852

Formulario oficial para solicitar justicia gratuita (Consejo General de la Abogacía Española): https://www.abogacia.es/servicios/ciudadanos/asistencia-juridica-gratuita

Artículo: https://www.gbabogado.es/asociaciones-sin-animo-de-lucro-el-derecho-a-litigar-con-beneficio-de-justicia-gratuita

¿Es así en todas las comunidades autónomas?

Sí, la normativa es igual para toda España. Estas leyes que regulan el derecho a la justicia gratuita y el acceso de las asociaciones a los tribunales son estatales (Ley 1/1996 y Ley 27/2006, ya vistas). Esto significa que se aplican en todas las comunidades autónomas por igual, sin excepciones.

Sin embargo, los trámites son los pueden variar ligeramente. Cada comunidad o provincia puede gestionar de forma distinta el proceso práctico de solicitud, por ejemplo, pueden pedir formularios distintos, pueden cambiar los plazos y los lugares de presentación, o el órgano que resuelve puede ser distinto (por ejemplo, el Colegio de Abogados local).

Como recomendación, consulta la web del Colegio de Abogados de tu provincia o comunidad autónoma. Allí suelen tener una guía específica, formularios descargables y orientación gratuita.

Aquí van otros enlaces útiles:

🐾 Ejemplo práctico

La asociación «Patitas Libres», dedicada al rescate de gatos comunitarios, lleva 3 años registrada y quiere demandar al ayuntamiento por no cumplir con el control ético de colonias felinas acorde a la Ley 7/2023.

Como tiene más de 2 años y su fin está relacionado con el medio ambiente, puede pedir justicia gratuita sin demostrar falta de recursos, pero solo si la demanda es ante la Administración (contencioso-administrativo).

En cambio, si «Patitas Libres» quiere presentarse como acusación en un juicio por maltrato animal, tendrá que demostrar que no tiene medios económicos.

  • Consejo final: es muy muy importante ir consiguiendo y organizando pruebas y testigos de los posibles delitos. En el ámbito administrativo, además de investigar bien en las webs oficiales (tablones de anuncios, páginas de transparencia sobre los contratos, informes, estadísticas, etc.), también se pueden hacer Solicitudes de Acceso a la Información Pública, escritos por Registro (conteste o no la administración), Defensor del Pueblo, etc. 

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